El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Este es un principio básico del derecho, aplicable especialmente a lo que se refiere a delitos tributarios. En ocasiones, las personas y empresas no abonan ciertos impuestos porque no saben que lo tienen que hacer. Otras veces, son conscientes de su falta, pero le restan importancia. Piensan que pasará la tormenta. El Estado es uno de los adversarios jurídicos más duros que nos podemos encontrar. Estas son algunas cuestiones sobre los delitos fiscales que te interesa conocer.
Más adelante, en el artículo, pasaremos a ver más detenidamente qué es un delito fiscal. Lo que si debemos tener en cuenta es que las faltas y delitos relacionados con Hacienda hacen referencia tanto a desentenderse de las obligaciones fiscales, como a ocultar datos para no pagar los impuestos que nos corresponden, así como desprendernos de recursos para no hacer frente a las deudas.
Hace unos meses saltó a la prensa el caso de Imanol Arias y Ana Duato en el que habían defraudado al fisco 2,7 millones de euros y 1,9 millones, respectivamente. Los actores protagonistas de la popular serie “Cuéntame” saltaron a la palestra como defraudadores de Hacienda. No es la primera vez que un personaje público es denunciado por sus delitos fiscales. En 1987, el gobierno de Felipe González denunció a la cantante Lola Flores por un delito de 28 millones de pesetas de la época.
La investigación de los delitos fiscales de los futbolistas Leo Messi y de Cristiano Ronaldo fueron el detonante que motivó su salida definitiva de España. Aunque defraudaron a Hacienda, los mayores deudores del fisco no son ellos. El listado de morosos de la hacienda pública lo encabezan personajes como Joan Gaspar (empresario y expresidente del Barça), Francisco Roig (ex–presidente del Valencia y hermano del propietario de Mercadona) y el ex-banquero Mario Conde.
Sacar a la luz los problemas fiscales de personajes conocidos tiene un efecto ejemplificador y de advertencia respecto al resto de los ciudadanos. Si son juzgados actores y futbolistas famosos por defraudar a hacienda, ¿cómo no me pueden investigar a mí, que soy un autónomo?
Para tener un poco de claridad sobre este problema peliagudo hemos hablado con los abogados tributarios de Despacho Calero, un prestigioso bufete de abogados de Murcia abierto desde 1976. Estos son algunos temas sobre los que nos han indicado investigar.
¿Qué es un delito fiscal?
El blog de la aplicación contable para empresas Tax Down señala que se considera delito fiscal cuando una persona o empresa defrauda a la Hacienda Pública más de 120.000 €.
Cuando hablamos de Hacienda Pública nos referimos a la Agencia Tributaria del Estado, a la administración de las comunidades autónomas y a la administración local.
La cantidad defraudada puede provenir de impuestos no pagados, de la obtención indebida de devoluciones o del disfrute de beneficios fiscales a los que no se tenía derecho.
Cuando Hacienda percibe una irregularidad, remite a la persona implicada una notificación con un plazo para subsanarla. Si el remitente no lo hace, a la cantidad debida se le añaden los intereses de demora y las multas correspondientes. Todas ellas se suman a la cantidad defraudada. Por lo que una deuda con el fisco se puede multiplicar exponencialmente en poco tiempo.
Los artículos del 305 al 310 del Código Penal establecen que el delito fiscal está penado con entre 1 a 5 años de cárcel.
También están involucradas en el delito aquellas personas que actúen en el nombre de otros. Por lo que los asesores o gestores que tramiten de forma irregular las obligaciones fiscales de un tercero también pueden ser imputados.
Dentro de los delitos penales relacionados con la Hacienda Pública también se incluyen la falsedad documental y el alzamiento de bienes. La falsedad documental consiste en declarar datos falsos para eludir responsabilidades fiscales. El alzamiento de bienes se produciría cuando una persona se desprende de sus bienes para mostrar que es insolvente para afrontar las reclamaciones económicas.
El Código Penal establece una cuantía mínima para considerar el delito. ¿Qué sucede si la cantidad que hemos defraudado a Hacienda es inferior a 120.000 €? No está exenta de punición. El Estado la considera falta leve, grave o muy grave en función de la cuantía debida. Hacienda aplicará las sanciones pertinentes y pondrá en marcha los procedimientos administrativos y judiciales necesarios para cobrar la deuda.
¿Cuándo prescriben los delitos fiscales?
El artículo 66 de la Ley General Tributaria establece que los delitos y faltas fiscales prescriben a los 4 años desde la comisión de la infracción.
Pero, ojo, en el momento en el que Hacienda, o la administración correspondiente, inicia un procedimiento judicial, los plazos se congelan. El tiempo deja de correr y el delito no prescribe hasta que el juicio no se resuelve judicialmente.
Otra pregunta que le surge a los afectados es ¿hasta qué punto puedo responsabilizarme de las deudas tributarias? ¿Puedo declararme insolvente?
Aquí hay que diferenciar entre las personas físicas y jurídicas. Entre los autónomos y las sociedades mercantiles, en el caso de que el delito o la falta provengan de la actividad económica, que suele ser la mayoría de los casos.
Un autónomo responde personalmente con su patrimonio de las responsabilidades derivadas de su negocio. Esto significa que si tiene propiedades, como puede ser una casa, vehículos a su nombre o cualquier otro bien, esto le sirve como medio para zanjar sus deudas. Si Hacienda lo considera oportuno podrá embargárselo. Poner en subasta pública el bien y cobrarse de esta manera la deuda y las sanciones correspondientes.
Un caso diferente son los socios de una sociedad mercantil, una S.L. o una S.A. En este caso, la empresa tiene personalidad jurídica propia, y los socios solo son responsables de las deudas en un porcentaje equivalente al capital aportado. De esta forma, los miembros de la empresa tienen su patrimonio personal más protegido que si fueran autónomos.
En opinión de algunos jueces, la declaración de insolvencia es una condición difícil de demostrar, más aún, si estamos hablando de trabajadores autónomos o de profesionales independientes.
¿Cómo defenderse de un delito fiscal?
El abogado penalista Juan Antonio Jabaloy comenta al periódico El Confidencial Digital que un juicio por delito fiscal es ante todo un juicio penal, en el que se personan la Abogacía del Estado y el Fiscal para hacer valer los intereses de la Agencia Tributaria.
Como sucede con cualquier juicio penal, primero se efectúa una fase de instrucción, dirigida por un juez instructor, en el que se recogen las pruebas pertinentes que afectan al caso. El ministerio fiscal y los abogados del Estado aportarán los documentos e informes elaborados por Hacienda. Los cuales, ya de por sí, tienen un peso considerable.
Concluida la instrucción, un juez diferente presidirá la vista y emitirá una sentencia. A pesar del desarrollo natural del juicio, los abogados del Estado (incluido el fiscal) y la parte imputada pueden llegar a un acuerdo en cualquier momento. Evitando de esta manera la sentencia. Fue lo que sucedió en el caso de Imanol Arias, quien se comprometió a pagar a Hacienda 3,5 millones de euros para evitar su entrada en prisión.
Si no se alcanza el acuerdo, existen diferentes estrategias para defender al acusado. La primera y principal es el análisis de los hechos. Si el abogado defensor logra demostrar que la cantidad defraudada es inferior a los 120.000 € ya tiene mucho ganado. El problema deja de ser un delito para convertirse en una infracción administrativa. Para ello debe demostrar que las cantidades apreciadas por hacienda son erróneas.
Otra estrategia es intentar sembrar la duda en el juez. Bajo el principio “in dubio pro reo”, en el momento en el que el juez tenga dudas razonables sobre la comisión del delito, está obligado a absolver al imputado.
En cualquier caso, la defensa de un presunto autor de delito fiscal nunca es un asunto sencillo.