Cómo hacer la transferencia de tu coche de segunda mano por gestoría

El que una gestoría haga la transferencia de nombre nos facilita mucho las cosas. Tal y como nos comentan desde los expertos de tramitesvehiculosonline.com, creen que es una gran opción para los que aborrecen los papeleos o no se quiere perder el tiempo en luchas burocráticas con la administración y demás.

Vamos a conocer más sobre el tema:

Lo primero es pedir un par de presupuestos. Tienen que estar seguros donde se incluyan toda clase de costes y comprobar que es correcto el importe a pagar. Es cierto que hacer un trámite en la gestoría tiene un coste añadido, pero es bastante más rápido y confortable, pues podemos solucionar todo el papeleo con una única visita, además de que existe la posibilidad de concertar la cita en un horario más amplio.

No olvides que una vez compras la moto o el coche, el que se ponga el vehículo a tu nombre debes hacerlo cuanto antes. Lo ideal es no tardar más de diez días a partir de la fecha indicada en el contrato de compraventa.

En cuanto te decidas por una gestoría que te parezca indirecta, el comprador tiene dos opciones:

Acudir a la gestoría con el vendedor, presentando el original del contrato de compraventa, el cual tendrá que estar firmado por las dos partes, de los DNI en vigor y tendrá que firmar allí mismo cada uno, así como también tener una autorización o mandato para que los gestores colegiados administrativos puedan hacer un trámite de cambio de titularidad del vehículo a tu nombre.

Acudir sin el vendedor, éste no tiene que estar presente, pues es necesario que se presente un mandato de gestoría que firme el vendedor debajo de “el mandante”, así como la fotocopia del DNI en vigor por parte del vendedor, el DNI en vigor y un ejemplar original del contrato de compraventa que firmen las dos partes.

En ambos casos, además no hay que olvidar que es necesario aportar la documentación original de los coches o motos, además de un recibo o justificante del pago del Impuesto de Circulación o el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior. En este último caso, no será necesario si tienes la constancia de que se ha pagado en el periodo de plazo donde es voluntario o tiene exención de pago.

Cuando en la compraventa entra alguna empresa, deberemos aportar:

La factura de venta por parte de la empresa que vende, la Fotocopia del CIF de la compañía, así como del poder o la escritura de constitución que pueda acreditarlo.

A ello hay que añadir el impreso donde se acredita la identidad de la persona jurídica, así como el certificado de hacienda en cuanto a la situación censal, algo que se debe hacer solo si es un autónomo que venda un vehículo afecto a la actividad o que lo adquiere para afectarlo.

En cuanto se presenta y firma la documentación, el gestor debe facilitarte un permiso para la circulación de manera provisional o justificante de tipo profesional para circular de manera temporal con el coche o la moto, mientras se realice el trámite del permiso de circulación definitivo a tu nombre.

No hay que olvidar que si se hace el trámite de cambio de titularidad del vehículo en una gestoría, lo que hace es ser para suponer para el vendedor el que pueda comprobarse de manera presencial que el trámite se realiza y la de solicitar al gestor que con el permiso del comprador, le pueda enviar una copia del permiso de circulación de forma definitiva, cuando lo vaya a recibir de la DGT.

No hay que olvidar que si el vendedor no es consciente de que hubo un cambio de titularidad del vehículo a los diez días de haberse producido la fecha de la compraventa, debe presentar la notificación de la venta del vehículo en la DGT para que se evita una sanción y las responsabilidades por actos o comportamientos dolosos por parte del comprador, mientras que circula con un vehículo que esté a su nombre en el Registro General de Vehículos.

Ten claro que no debes ir a la primera gestoría que aparezca. Por lo menos pide un par de presupuestos puede que sea un buen ahorro, además de que puede ser una gestoría que te de la confianza necesaria.

En el caso de que el vendedor no vaya a la gestoría, procura no olvidar que tienes que llevar el mandato de la propia gestoría firmado por él, donde te van a exigir el original o la copia en vigor.